- Autor Comunicación Poder Judicial martes 12 de febrero de 2019
La sentencia señala que la actuación de los imputados tenía “cierta apoyatura legal, por cuanto cabía entender la posibilidad de encontrarse ante suelo consolidado debido a la existencia de redes de servicios y suministros en las parcelas, de modo que pudieran adquirir la condición de solares con obras accesorias”.
El magistrado sostiene que de la prueba practicada no se ha probado “con una claridad meridiana” que los acusados actuaran “a sabiendas de la injusticia que cometían a la hora de aprobar las licencias”. Así, destaca que se encontraban ante “informes técnicos favorables en todos los casos y jurídicos favorables o confusos, salvo en un par de casos que eran claramente desfavorables, o sin informe jurídico”. Contra el fallo, que ha sido notificado hoy, cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial.